
El SEP preocupado por la reglamentación de la ley 7625
Desde el sindicato manifestaron desacuerdo en algunos aspectos por perjuicios a los agentes públicos en el traspaso a esa ley.
La gestión se inicia de manera online a través de la página web del Registro Civil Provincial. Se minimiza la cantidad de veces que los convivientes deben ir a la oficina.
General27/09/2023El Registro Civil de la Provincia de Córdoba da un nuevo paso en el proceso de simplificación administrativa con el objetivo de facilitarle al ciudadano sus gestiones. Desde ahora, los trámites de uniones convivenciales se iniciarán online.
Este cambio implica que las personas interesadas en formalizar ese tipo de unión deberán ingresar en Mi Registro Civil para completar el formulario con los datos y cargar la documentación que solicita el sistema.
Una vez concluido ese paso, la oficina que corresponda según el domicilio indicado, citará a los convivientes y testigos para completar el proceso administrativo, luego se envía por sistema el trámite a la Dirección General que analizará si se cumplen todos los requisitos.
En caso de aprobarse la gestión, se notifica a través de la plataforma Cidi a los interesados para que acudan a firmar el acta correspondiente.
¿Qué es la unión convivencial?
Es el trámite que permite registrar la unión entre dos personas que conviven en modo singular, público, notorio, estable y permanente compartiendo un proyecto de vida en común.
Requisitos
*Que los dos integrantes sean mayores de edad y capaces.
*Que no estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado.
*Que no estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta.
*Que no tengan impedimento de ligamen ni esté registrada otra convivencia de manera simultánea.
*Que mantengan la convivencia durante un periodo no inferior a 2 años.
DNI de ambos convivientes, con domicilio en común en la Provincia de Córdoba con una antigüedad superior a dos años.
*En caso de no cumplir con todos o algunos de los requisitos, deberán consultar en el Registro Civil qué documentación se requiere para probar fehacientemente la convivencia.
Fuente: HOY día córdoba
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